Viajar al extranjero. Pasaporte
Cuando se quiere viajar de un país a otro con un animal, éste debe ir acompañado de diferentes documentos que varían en función del tipo de animal y del país de destino, por lo que es recomendable siempre consultar con el Consulado de cada país ya que los requisitos exigidos pueden ir variando de acuerdo a diferentes situaciones epidemiológicas o aprobación de nuevas normativas específicas en cada país.
A. Si se pretende viajar con un perro, gato o hurón desde España a un país de la Unión Europea, es necesario que el animal viaje acompañado de su Pasaporte Veterinario correspondiente.
En el caso de que el país de destino sea el Reino Unido, los requisitos específicos necesarios para la entrada de mascotas en dicho país, pueden consultarse en https://www.gov.uk/take-pet-abroad
B.Si se pretende viajar con algún animal desde España a un país fuera de la UE o se desea entrar en España desde un país fuera de la UE, deberá consultar los requisitos en el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), que dispone en su Página Web de un Servicio que permite seleccionar en un menú el tipo de animal con el que se desea viajar (desde España o hacia España) y el país de destino u origen. Una vez introducidos estos datos, al pinchar en la opción "Buscar" se obtiene acceso a un documento en pdf ("Información del MARM"), donde aparecen todos los requisitos necesarios
El 29 de diciembre de 2014, entraron en vigor nuevas normas sobre los desplazamientos y los pasaportes de animales de compañía para los ciudadanos de la UE que viajan dentro o fuera de la UE, cuyos principales puntos de interés se destacan en un documento de "Preguntas y respuestas frecuentes" "(VER), elaborado por la Federación Veterinaria Europea (FVE).
Al viajar fuera de la UE no es válido el pasaporte veterinario que sólo sirve para viajes intracomunitarios. Para traslados fuera de la UE, debe obtener un "Certificado oficial de exportación" para el animal para lo cual debe acudir con un "Certificado veterinario de salud" emitido por un veterinario colegiado (ya no es necesario realizar el trámite de legitimación de firma en el Colegio de Veterinarios) a una de las oficinas que expiden Certificados Oficiales de Exportación en la Comunidad de Madrid:
Área Funcional de Agricultura
C/ García de Paredes, 65 – 3º Pta. 28010-MADRID
Tl: 9127292 69/9137
Email: [email protected]
Centro de Carga Aérea-Aeropuerto Madrid Barajas
Edficio Servicios Generales. Despacho 243.
Avda. Hispanidad, s/n 28042 MADRID
Email: [email protected]
Información para viajar con mascotas diferente de perros, gatos y hurones, entre países comunitarios:
Subdirección de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad Área de Trazabilidad y Movimientos Intracomunitarios
C/ Almagro, 33
Teléfono: 91 347 38 45/77
Email: [email protected]
A. Si se pretende viajar con un perro, gato o hurón desde España a un país de la Unión Europea, es necesario que el animal viaje acompañado de su Pasaporte Veterinario correspondiente.
En el caso de que el país de destino sea el Reino Unido, los requisitos específicos necesarios para la entrada de mascotas en dicho país, pueden consultarse en https://www.gov.uk/take-pet-abroad
B.Si se pretende viajar con algún animal desde España a un país fuera de la UE o se desea entrar en España desde un país fuera de la UE, deberá consultar los requisitos en el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), que dispone en su Página Web de un Servicio que permite seleccionar en un menú el tipo de animal con el que se desea viajar (desde España o hacia España) y el país de destino u origen. Una vez introducidos estos datos, al pinchar en la opción "Buscar" se obtiene acceso a un documento en pdf ("Información del MARM"), donde aparecen todos los requisitos necesarios
El 29 de diciembre de 2014, entraron en vigor nuevas normas sobre los desplazamientos y los pasaportes de animales de compañía para los ciudadanos de la UE que viajan dentro o fuera de la UE, cuyos principales puntos de interés se destacan en un documento de "Preguntas y respuestas frecuentes" "(VER), elaborado por la Federación Veterinaria Europea (FVE).
Al viajar fuera de la UE no es válido el pasaporte veterinario que sólo sirve para viajes intracomunitarios. Para traslados fuera de la UE, debe obtener un "Certificado oficial de exportación" para el animal para lo cual debe acudir con un "Certificado veterinario de salud" emitido por un veterinario colegiado (ya no es necesario realizar el trámite de legitimación de firma en el Colegio de Veterinarios) a una de las oficinas que expiden Certificados Oficiales de Exportación en la Comunidad de Madrid:
Área Funcional de Agricultura
C/ García de Paredes, 65 – 3º Pta. 28010-MADRID
Tl: 9127292 69/9137
Email: [email protected]
Centro de Carga Aérea-Aeropuerto Madrid Barajas
Edficio Servicios Generales. Despacho 243.
Avda. Hispanidad, s/n 28042 MADRID
Email: [email protected]
Información para viajar con mascotas diferente de perros, gatos y hurones, entre países comunitarios:
Subdirección de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad Área de Trazabilidad y Movimientos Intracomunitarios
C/ Almagro, 33
Teléfono: 91 347 38 45/77
Email: [email protected]